TPVs y Datáfonos para negocios

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Vas a pagar en un bar, una tienda, una peluquería o un restaurante, sacas la tarjeta y te dicen: “no tenemos datáfono”, “solo efectivo” o “con tarjeta a partir de 10 €”. En ese momento aparece la duda que casi todos hemos tenido alguna vez: ¿es legal que un negocio no tenga TPV para cobrar con tarjeta?
La respuesta corta es esta: no, en España no es obligatorio tener datáfono en un negocio ni aceptar pagos con tarjeta de forma general. Lo que sí es obligatorio es aceptar efectivo dentro de los límites legales. Además, hay que tener en cuenta el límite de 1.000 € en pagos en efectivo cuando una de las partes actúa como empresario o profesional.

Sí. Un negocio puede no aceptar tarjeta si no ofrece ese medio de pago. La normativa no obliga con carácter general a que un comercio tenga datáfono, TPV físico, pago con móvil, Bizum u otros sistemas electrónicos. Lo importante es que el cliente esté informado y que el negocio respete la obligación de aceptar efectivo dentro de los límites legales.
De hecho, la clave legal no está en que el negocio tenga o no datáfono, sino en el efectivo: el artículo 47 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera infracción negarse a aceptar el pago en efectivo dentro de los límites legales.
Dicho de forma sencilla:
| Duda habitual | Respuesta | ||
|---|---|---|---|
| ¿Es obligatorio tener datáfono? | No, como norma general | ||
| ¿Un negocio puede no aceptar tarjeta? | Sí, si no ofrece ese medio de pago | ||
| ¿Puede poner “solo efectivo”? | Sí, pero debe aceptar efectivo dentro de los límites legales | ||
| ¿Puede rechazar efectivo? | No, salvo excepciones o límites legales | ||
| ¿Puede poner mínimo para pagar con tarjeta? | Sí, si lo informa de forma visible | ||
| ¿Puede cobrar más por pagar con tarjeta? | No, no puede aplicar un recargo por usar tarjeta |
| Duda habitual | Respuesta |
|---|---|
| ¿Es obligatorio tener datáfono? | No, como norma general |
| ¿Un negocio puede no aceptar tarjeta? | Sí, si no ofrece ese medio de pago |
| ¿Puede poner “solo efectivo”? | Sí, pero debe aceptar efectivo dentro de los límites legales |
| ¿Puede rechazar efectivo? | No, salvo excepciones o límites legales |
| ¿Puede poner mínimo para pagar con tarjeta? | Sí, si lo informa de forma visible |
| ¿Puede cobrar más por pagar con tarjeta? | No, no puede aplicar un recargo por usar tarjeta |
Un datáfono es el dispositivo que permite cobrar con tarjeta, móvil o reloj en un establecimiento físico. A diferencia del TPV, es el aparato donde el cliente acerca la tarjeta, introduce el PIN o paga con contactless.
Esta diferencia importa porque la ley no obliga de forma general a tener un datáfono para cobrar con tarjeta, pero un negocio sí puede tener otras obligaciones fiscales, de facturación o de registro de ventas.
| Datáfono / TPV | Precio del TPV | Comisión por operación | Por qué entra en la comparativa | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 🌟Bankinter TPV Plan Empresas 0 | 0 € el primer TPV | 0,45 % en tarjetas de consumidores nacionales | Mejor opción para abrir la tabla: banco reconocido, buen precio y mucha confianza para empresas | ||||
| Santander Getnet | desde 6 €/mes | 0 € por operación dentro de la tarifa plana | Banco muy reconocible y buena opción para negocios que prefieren pagar una cuota fija | ||||
| BBVA Bono TPV 10 | 0 € durante 12 meses; después 10 €/mes | Incluida en la cuota del bono | Muy potente por autoridad de marca y promoción inicial atractiva | ||||
| Banco Sabadell TPV Datáfono | 0 € de mantenimiento 6 meses; después 6 €/mes | 0,20 %, mínimo 0,07 € | Comisión baja y banco con mucha autoridad para negocios | ||||
| Unicaja Tarifa Plana TPV | desde 9 €/mes | 0 € dentro de la tarifa plana; exceso al 1,10 %, mínimo 0,35 € | Buena alternativa para comercios que quieren controlar el gasto mensual | ||||
| SumUp | desde 0 € con Tap to Pay; datáfono desde 22 € | 1,49 % por operación | Muy conocido entre autónomos y pequeños negocios; fácil de contratar y sin banco | ||||
| Square Terminal | 165 € + IVA | 1,25 % + 0,05 € | Buena opción para dar variedad internacional y reforzar autoridad en la tabla | ||||
| myPOS Go 2 | 19 € + IVA | 1,45 % + 0,05 € | Alternativa económica para negocios que buscan datáfono sin cuota mensual |
| Datáfono / TPV | Precio del TPV | Comisión por operación | Por qué entra en la comparativa |
|---|---|---|---|
| 🌟Bankinter TPV Plan Empresas 0 | 0 € el primer TPV | 0,45 % en tarjetas de consumidores nacionales | Mejor opción para abrir la tabla: banco reconocido, buen precio y mucha confianza para empresas |
| Santander Getnet | desde 6 €/mes | 0 € por operación dentro de la tarifa plana | Banco muy reconocible y buena opción para negocios que prefieren pagar una cuota fija |
| BBVA Bono TPV 10 | 0 € durante 12 meses; después 10 €/mes | Incluida en la cuota del bono | Muy potente por autoridad de marca y promoción inicial atractiva |
| Banco Sabadell TPV Datáfono | 0 € de mantenimiento 6 meses; después 6 €/mes | 0,20 %, mínimo 0,07 € | Comisión baja y banco con mucha autoridad para negocios |
| Unicaja Tarifa Plana TPV | desde 9 €/mes | 0 € dentro de la tarifa plana; exceso al 1,10 %, mínimo 0,35 € | Buena alternativa para comercios que quieren controlar el gasto mensual |
| SumUp | desde 0 € con Tap to Pay; datáfono desde 22 € | 1,49 % por operación | Muy conocido entre autónomos y pequeños negocios; fácil de contratar y sin banco |
| Square Terminal | 165 € + IVA | 1,25 % + 0,05 € | Buena opción para dar variedad internacional y reforzar autoridad en la tabla |
| myPOS Go 2 | 19 € + IVA | 1,45 % + 0,05 € | Alternativa económica para negocios que buscan datáfono sin cuota mensual |
Sí. Es legal que un bar, tienda, restaurante o comercio no tenga datáfono, siempre que no exista una normativa específica que le obligue por su actividad o municipio.
La Comunidad de Madrid lo resume de forma muy clara: todos los comercios deben permitir el pago en efectivo dentro de los límites legales, pero no están obligados, con carácter general, a disponer de dispositivos para pago con tarjeta, móvil, Bizum u otros sistemas electrónicos.
Por eso, si entras en una cafetería y te dicen “solo efectivo”, no significa automáticamente que estén incumpliendo la ley. Puede ser molesto, puede hacerles perder clientes, pero no es ilegal por sí mismo.
Lo que sí deberían hacer es avisarlo de forma clara antes de que el cliente consuma o compre. Por ejemplo:
“Solo se acepta efectivo”
“No disponemos de datáfono”
“Pago con tarjeta a partir de 10 €”
“No se acepta American Express”
La clave es que el cliente no se entere al final, cuando ya ha consumido, sino antes de tomar la decisión de compra.
Aquí está la parte que mucha gente confunde. Que un negocio no esté obligado a aceptar tarjeta no significa que pueda rechazar cualquier medio de pago. En España, el efectivo sigue siendo obligatorio dentro de los límites legales.
La normativa de consumo considera infracción la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención del fraude fiscal.
Esto quiere decir que un negocio no puede decir, como regla general, “solo tarjeta” y rechazar billetes o monedas en una compra normal que esté dentro de los límites permitidos.
Ejemplos:
| Situación | ¿Puede pagarse en efectivo? | ||
|---|---|---|---|
| Café de 1,50 € | Sí | ||
| Menú de 14 € | Sí | ||
| Compra de 65 € en una tienda | Sí | ||
| Servicio de 300 € de un autónomo | Sí | ||
| Factura de 1.200 € de una empresa | No, si interviene empresario o profesional |
| Situación | ¿Puede pagarse en efectivo? |
|---|---|
| Café de 1,50 € | Sí |
| Menú de 14 € | Sí |
| Compra de 65 € en una tienda | Sí |
| Servicio de 300 € de un autónomo | Sí |
| Factura de 1.200 € de una empresa | No, si interviene empresario o profesional |
Además, si un comercio rechaza efectivo cuando debe aceptarlo, podría exponerse a una sanción de consumo. Las infracciones leves pueden sancionarse con multas de 150 a 10.000 €, pudiendo superarse esas cantidades según el beneficio ilícito obtenido.
El límite de los 1.000 € es clave para entender este tema. La Agencia Tributaria establece que no pueden pagarse en efectivo las operaciones en las que alguna de las partes actúe como empresario o profesional y el importe sea igual o superior a 1.000 €.
Ese límite sube a 10.000 € cuando quien paga es una persona física que no tiene domicilio fiscal en España y no actúa como empresario o profesional. Además, Hacienda aclara que, para calcular esos importes, se suman los pagos fraccionados de una misma operación.
Esto es importante porque mucha gente lo interpreta mal. El límite de 1.000 € no significa que sea obligatorio tener datáfono. Significa que, en esas operaciones, el pago debe hacerse mediante un medio distinto al efectivo, como transferencia bancaria, tarjeta u otro medio trazable.
Por ejemplo:
| Operación | ¿Efectivo? | ¿Tarjeta obligatoria? | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Compra de 40 € en una tienda | Sí | No | |||
| Cena de 90 € en restaurante | Sí | No | |||
| Servicio profesional de 600 € | Sí | No | |||
| Factura de 1.000 € a una empresa | No | No necesariamente | |||
| Factura de 2.500 € a una empresa | No | No necesariamente |
| Operación | ¿Efectivo? | ¿Tarjeta obligatoria? |
|---|---|---|
| Compra de 40 € en una tienda | Sí | No |
| Cena de 90 € en restaurante | Sí | No |
| Servicio profesional de 600 € | Sí | No |
| Factura de 1.000 € a una empresa | No | No necesariamente |
| Factura de 2.500 € a una empresa | No | No necesariamente |
En las operaciones que no puedan pagarse en efectivo, quienes intervienen deben conservar los justificantes del pago durante cinco años para acreditar que se usó un medio distinto al efectivo si Hacienda lo requiere.
Sí. Un comercio puede establecer un importe mínimo para pagar con tarjeta, siempre que lo informe de forma visible al público.
El Banco de España explica que la norma no establece un tratamiento explícito sobre el pago mínimo con tarjeta y, por tanto, no estaría prohibido. Desde el punto de vista de protección al consumidor, bastaría con que el comercio lo anunciara mediante carteles visibles.
Por eso, frases como estas pueden ser legales:
“Pago con tarjeta a partir de 5 €”
“Mínimo 10 € para pago con tarjeta”
“Tarjeta solo a partir de 6 €”
La idea es que el cliente lo sepa antes de consumir o comprar. Lo que no tendría sentido es que el comercio no avise, el cliente consuma y solo al final descubra que no puede pagar con tarjeta por no llegar al mínimo.
No. Esto es distinto al importe mínimo.
Un comercio puede fijar un mínimo para pagar con tarjeta si lo informa, pero no puede cobrarte un recargo adicional por usar tarjeta. El Banco de España aclara que la normativa de pagos impide cobrar más cuando se paga con tarjeta, porque sería discriminar ese medio de pago.
Por tanto:
| Práctica | ¿Es legal? | ||
|---|---|---|---|
| “Tarjeta a partir de 5 €” | Sí, si está visible | ||
| “Solo aceptamos efectivo” | Sí, salvo límites o excepciones | ||
| “0,50 € extra por pagar con tarjeta” | No | ||
| “1 % más si pagas con tarjeta” | No | ||
| “No aceptamos tarjeta” | Sí, como norma general | ||
| “No aceptamos efectivo” | No, dentro de los límites legales |
| Práctica | ¿Es legal? |
|---|---|
| “Tarjeta a partir de 5 €” | Sí, si está visible |
| “Solo aceptamos efectivo” | Sí, salvo límites o excepciones |
| “0,50 € extra por pagar con tarjeta” | No |
| “1 % más si pagas con tarjeta” | No |
| “No aceptamos tarjeta” | Sí, como norma general |
| “No aceptamos efectivo” | No, dentro de los límites legales |
Este punto es importante porque algunos negocios intentan trasladar al cliente la comisión del datáfono. La forma correcta de gestionar ese coste no es cobrar un suplemento, sino revisar precios, márgenes o comparar bien las comisiones TPV antes de contratar uno.
Si un establecimiento muestra logos de tarjetas o anuncia que acepta tarjeta, está generando una expectativa clara al cliente. En ese caso, lo normal es que acepte ese medio de pago, salvo incidencia puntual.
El Banco de España también recuerda que, si el comercio luce logos de Visa o Mastercard, el contrato de afiliación a esos sistemas puede establecer sanciones para el dueño del datáfono si fija límites mínimos al pago.
Esto no significa que el consumidor pueda exigir siempre pagar con tarjeta en cualquier sitio, pero sí que el negocio debe ser coherente con lo que anuncia.
Que el datáfono falle puede pasar: problemas de cobertura, conexión, batería, caída del banco, error de lectura o incidencia del terminal. El fallo puntual no convierte automáticamente la situación en ilegal.
Lo recomendable es que el negocio ofrezca una alternativa:
En negocios donde el cobro con tarjeta es habitual, tener un plan B evita conflictos con el cliente. Por eso muchos comercios combinan un datáfono físico con un TPV virtual o con soluciones de cobro desde el móvil.
No. Bizum tampoco es obligatorio. Igual que ocurre con la tarjeta, un comercio puede ofrecer Bizum si tiene el sistema correspondiente, pero no existe una obligación general de aceptar Bizum, pago móvil o monederos digitales.
La Comunidad de Madrid explica que los comercios no están obligados, con carácter general, a disponer de sistemas electrónicos como tarjeta, móvil o Bizum. También recuerda que, si el comercio acepta un medio de pago electrónico, debe informar adecuadamente y no aplicar gastos o recargos adicionales por utilizarlo.
Sí, hay un límite. Aunque el efectivo debe aceptarse dentro de los límites legales, los establecimientos pueden negarse a aceptar un pago realizado con más de 50 monedas. La Comunidad de Madrid recoge esta restricción al explicar las limitaciones al pago en efectivo.
Por ejemplo, pagar 20 € con monedas pequeñas puede ser aceptable si no supera ese límite, pero un comercio no está obligado a aceptar una bolsa llena de monedas si se supera esa cantidad.
Aunque no existe una obligación general para todos los negocios, pueden existir excepciones sectoriales o locales. Algunos servicios regulados pueden tener sus propias normas.
Por ejemplo, la Comunidad de Madrid indica que los taxis de esa comunidad están obligados a aceptar el pago con tarjeta si el cliente lo requiere.
Por eso, la respuesta correcta no es “nunca es obligatorio”, sino:
Como regla general, un negocio no está obligado a tener datáfono, salvo que una normativa específica de su sector, municipio o actividad establezca otra cosa.
No. VeriFactu no obliga por sí mismo a tener datáfono. Esta es otra confusión frecuente.
VeriFactu tiene que ver con los sistemas informáticos de facturación y con cómo se generan, registran y conservan las facturas o tickets. No significa que todos los negocios tengan que instalar un terminal para cobrar con tarjeta.
Un comercio puede estar afectado por obligaciones de facturación, tickets o software, pero eso no convierte automáticamente el pago con tarjeta en obligatorio. Por eso conviene separar tres cosas:
| Concepto | Qué regula | ||
|---|---|---|---|
| Datáfono | Cobro con tarjeta, móvil o contactless | ||
| TPV | Cobro y, en muchos casos, gestión de ventas | ||
| Facturación | Emisión de facturas o tickets | ||
| VeriFactu | Requisitos de determinados sistemas informáticos de facturación |
| Concepto | Qué regula |
|---|---|
| Datáfono | Cobro con tarjeta, móvil o contactless |
| TPV | Cobro y, en muchos casos, gestión de ventas |
| Facturación | Emisión de facturas o tickets |
| VeriFactu | Requisitos de determinados sistemas informáticos de facturación |
Si el negocio usa software de caja o facturación, sí puede tener que revisar su adaptación a VeriFactu. Pero eso es distinto de instalar un datáfono.
Sí, en muchos negocios interesa mucho.
No porque la ley lo exija, sino porque el cliente lo espera. El Banco de España señalaba en su estudio de hábitos de uso del efectivo de 2025 que el 57 % de los consumidores seguía usando el efectivo como medio de pago principal en compras físicas, mientras que la tarjeta era el segundo medio principal, usada por el 27 % de la población.
Esto deja una conclusión bastante clara: el efectivo sigue siendo importante, pero la tarjeta ya forma parte de la experiencia normal de compra.
No tener datáfono puede provocar:
Por eso, aunque no sea obligatorio, muchos negocios terminan contratando un TPV por comodidad, imagen, rapidez y control de ventas. Si el objetivo es empezar sin pagar demasiado, una opción natural es comparar bancos con TPV gratis o soluciones de TPV sin banco para aceptar tarjeta sin depender necesariamente de una entidad tradicional.
No todos los negocios necesitan lo mismo. Un restaurante no tiene las mismas necesidades que una tienda de barrio, un ecommerce o un autónomo que cobra servicios a domicilio.
| Tipo de negocio | Opción habitual | Por qué puede interesar | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Bar o cafetería | Datáfono físico o TPV hostelería | Rapidez en cobros pequeños y rotación alta | |||
| Restaurante | TPV para hostelería | Mesas, comandas, propinas, cierres y cobros | |||
| Tienda de barrio | TPV comercio minorista | Cobros, caja, tickets y control básico de ventas | |||
| Peluquería o estética | Datáfono móvil o TPV sencillo | Tickets medios habituales y pago con móvil | |||
| Ecommerce | TPV virtual | Cobros online con tarjeta | |||
| Autónomo a domicilio | Datáfono móvil | Cobrar fuera del local | |||
| Negocio con stock | TPV en la nube | Ventas, inventario e informes desde varios dispositivos |
| Tipo de negocio | Opción habitual | Por qué puede interesar |
|---|---|---|
| Bar o cafetería | Datáfono físico o TPV hostelería | Rapidez en cobros pequeños y rotación alta |
| Restaurante | TPV para hostelería | Mesas, comandas, propinas, cierres y cobros |
| Tienda de barrio | TPV comercio minorista | Cobros, caja, tickets y control básico de ventas |
| Peluquería o estética | Datáfono móvil o TPV sencillo | Tickets medios habituales y pago con móvil |
| Ecommerce | TPV virtual | Cobros online con tarjeta |
| Autónomo a domicilio | Datáfono móvil | Cobrar fuera del local |
| Negocio con stock | TPV en la nube | Ventas, inventario e informes desde varios dispositivos |
En hostelería, por ejemplo, un TPV para hostelería no solo sirve para cobrar, sino también para organizar mesas, comandas, cocina y cierres de caja. En una tienda física, un TPV para comercio minorista puede ayudar a controlar ventas, productos y stock.
Si el negocio decide aceptar tarjeta, no debería contratar el primer datáfono que le ofrezca el banco sin mirar las condiciones. Lo importante es comparar:
Para negocios pequeños, puede ser más interesante un datáfono sin cuota y con comisión por operación. Para negocios con mucho volumen, puede compensar una tarifa plana o condiciones negociadas. En cualquier caso, antes de decidir conviene revisar bien cómo contratar un TPV y qué comisiones se aplican realmente.
Puede ser legal. El bar no está obligado de forma general a tener datáfono. Lo que sí debe hacer es aceptar efectivo dentro de los límites legales e informar al cliente de forma clara.
Puede ser legal si está anunciado con carteles visibles. El Banco de España indica que el pago mínimo con tarjeta no está prohibido expresamente, pero debe comunicarse al consumidor.
No debería hacerlo. Una cosa es establecer un mínimo para tarjeta y otra distinta aplicar un recargo por usarla. La normativa de pagos impide cobrar más por pagar con tarjeta.
En España, no es obligatorio tener datáfono en un negocio ni aceptar pagos con tarjeta de forma general. Un bar, tienda, restaurante o comercio puede trabajar sin TPV si así lo decide.
Pero eso no significa que pueda hacer cualquier cosa. El negocio debe aceptar efectivo dentro de los límites legales, no puede cobrar en efectivo operaciones de 1.000 € o más cuando interviene un empresario o profesional, puede establecer un mínimo para tarjeta si lo informa bien y no puede aplicar un recargo por pagar con tarjeta.
La respuesta más clara sería esta:
Que un negocio no tenga datáfono puede ser legal. Que rechace efectivo dentro de los límites legales, no.
Para el cliente, esto resuelve la duda legal. Para el negocio, la pregunta va un paso más allá: aunque no sea obligatorio, ¿cuántas ventas puedes estar perdiendo por no aceptar tarjeta?