Hacienda retrasa la entrada en vigor de Verifactu a 2027: conoce los detalles

El Gobierno ha aprobado este martes, en el Consejo de Ministros y Ministras, un Real Decreto-ley que incluye la prórroga hasta 2027 de la entrada en vigor del Reglamento Verifactu. La norma modifica el calendario previsto por el Real Decreto 254/2025.
Sistema verifactu : aplazamiento de su entrada en vigor hasta 2027
Persona revisando en su portátil la notificación sobre el retraso en la entrada en vigor de Verifactu.

El Gobierno ha aprobado este martes, en el Consejo de Ministros y Ministras, un Real Decreto-ley que incluye la prórroga hasta 2027 de la entrada en vigor del Reglamento Verifactu el sistema que obligará a empresas y profesionales a utilizar programas de facturación homologados y conectados con la Agencia Tributaria.

La norma modifica el calendario previsto por el Real Decreto 254/2025, que establecía el inicio de la obligación el 1 de enero de 2026 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, y antes del 1 de julio de 2026 para empresarios y profesionales que tributan en el IRPF. Con la nueva prórroga, ambos plazos se desplazan un año.

Un año más para adaptarse al sistema de facturación de Verifactu

Según la información facilitada tras el Consejo de Ministros, los nuevos plazos quedan establecidos de la siguiente manera:

  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: deberán adoptar el sistema a partir del 1 de enero de 2027.
  • Empresarios y profesionales del IRPF: estarán obligados desde el 1 de julio de 2027

Este aplazamiento era una petición reiterada por organizaciones empresariales, asesorías fiscales y autónomos, que advertían de la complejidad técnica del sistema y del elevado impacto en los procesos de facturación de pymes y profesionales.

El Real Decreto-ley deberá ser convalidado por el Congreso

Tal como establece la legislación vigente, el Real Decreto-ley aprobado deberá ser convalidado o derogado por el Congreso de los Diputados en un plazo máximo de 30 días, por lo que la prórroga queda ahora pendiente del trámite parlamentario.

Hasta entonces, continuará aplicándose el marco regulatorio actual, sin que los usuarios tengan aún la obligación de incorporar Verifactu a sus sistemas informáticos de facturación.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante una sesión en el Congreso de los Diputados.

¿Por qué Verifactu afecta a todas las actividades económicas?

VERI*FACTU es un régimen regulado por el Real Decreto 1007/2023, creado en el marco de la Ley 11/2021 contra el fraude fiscal. A través de este sistema, los programas informáticos de facturación deben cumplir con requisitos estrictos de integridad, trazabilidad e inalterabilidad.

Entre las principales obligaciones destacan:

  • Generar un registro único y sellado digitalmente cada vez que se emite, anula o rectifica una factura.
  • Incorporar un código QR en cada factura, que permita cotejar su autenticidad ante la AEAT.
  • Si se opta por la modalidad de “envío automático”, remitir los registros a la AEAT en tiempo real.

El objetivo oficial: reforzar la transparencia fiscal, reducir el fraude, mejorar la trazabilidad de operaciones y modernizar la facturación en España.

Un retraso que da margen a empresas y profesionales

El retraso de la entrada en vigor de Verifactu ofrece a empresas y profesionales un margen adicional para adecuar sus sistemas de facturación a los requisitos técnicos que exige la Agencia Tributaria. Con el nuevo calendario, sociedades, pymes y autónomos podrán completar las actualizaciones de software, realizar pruebas internas y coordinar la integración con los Sistemas Informáticos de Facturación antes de que la obligación sea efectiva en 2027. El Gobierno insiste en que el retraso no altera la futura implantación del modelo, que seguirá siendo obligatoria una vez finalicen los plazos aprobados, también en lo referente a qué autónomos deben cumplir con Verifactu.

Reacciones y contexto empresarial

La decisión del Gobierno surge tras fuertes presiones de asociaciones de autónomos, pymes y organizaciones empresariales que advertían del coste y complejidad técnica que suponía la implementación inmediata de Verifactu.

Algunas fuentes del sector lo han valorado como un “respiro técnico”, aunque advierten de que sigue siendo “una transición obligatoria” que exigirá inversión en software, formación y restructuración de procesos administrativos.

Por su parte, desde la AEAT se subraya que el aplazamiento no implica una cancelación del sistema: la obligación sigue adelante, y solo se retrasa el plazo

Qué deben hacer ahora las empresas y autónomos ante Verifactu

Con el nuevo calendario, las empresas y autónomos tienen ahora un margen extra para:

  • Evaluar y adaptar su software de facturación, ya sea mediante herramientas propias o adoptando los sistemas homologados o gratuitos que ofrece la AEAT.
  • Comenzar a preparar sus procesos internos: facturación, archivo, emisión con QR, integración contable, etc.
  • Consultar con asesores fiscales / contables para entender si están obligados, cuáles son las excepciones y cómo cumplir correctamente para evitar sanciones.

Además, las empresas también deberán revisar la compatibilidad de sus sistemas de cobro y del TPV de Verifactu, en línea con los requisitos técnicos que acompañarán al nuevo modelo.

La aprobación del decreto Verifactu queda ahora pendiente del Congreso

El Real Decreto-ley aprobado por el Gobierno deberá ser sometido a convalidación en el Congreso de los Diputados en un plazo máximo de treinta días. Según la comunicación difundida por el REAF, la votación se celebraría el 30 de diciembre, pendiente todavía de confirmación oficial.

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