Gestión de empresas

Para cualquier CFO, director financiero o autónomo con visión internacional, la gestión de la tesorería fuera de nuestras fronteras ofrece ventajas competitivas, pero también obligaciones formales estrictas. El Modelo 720 no es un impuesto en sí mismo, sino una declaración informativa que Hacienda utiliza como radar para detectar patrimonios no declarados.
El Modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes en el extranjero que debes presentar antes del 31 de marzo de 2026 si tus activos (cuentas, valores o inmuebles) superan los 50.000 €. Si ya lo presentaste en años anteriores, solo estás obligado a declarar de nuevo si el valor de alguna de las categorías ha crecido en más de 20.000 € respecto a tu última declaración.
Aunque tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea las sanciones se han equiparado al régimen general, el riesgo reputacional y de inspección por una mala cumplimentación sigue siendo elevado.
La obligación recae sobre personas físicas y jurídicas residentes en España, así como establecimientos permanentes. Debes informar sobre tres bloques de activos situados fuera de nuestras fronteras:
Para simplificar tu gestión financiera, quédate con estas dos cifras clave que marcan la obligatoriedad:
Consejo: No olvides que la obligación persiste si cancelas una cuenta o vendes un inmueble que declaraste en años anteriores. En ese caso, debes informar de la extinción de la titularidad independientemente del valor.
En el entorno corporativo, existen matices que a menudo pasan desapercibidos y que pueden generar contingencias fiscales personales:
Muchos directivos creen que, al no ser dueños de los fondos de la empresa, están exentos. Es un error común. Si tienes firma autorizada o eres apoderado en cuentas de una matriz o filial extranjera cuyos saldos superen los 50.000 €, la obligación de presentar el Modelo 720 recae sobre ti a título personal. Hacienda exige transparencia sobre quién tiene el control de esos fondos, no solo sobre quién es el dueño legal.
Si gestionas tesorería en dólares (USD), libras (GBP) o francos suizos (CHF), debes estar alerta. La valoración se realiza aplicando el tipo de cambio oficial del BCE a 31 de diciembre.
Es fundamental no confundir estos formularios. Desde hace dos ejercicios, los criptoactivos depositados en exchanges extranjeros (como Binance o Coinbase) han salido del ámbito del Modelo 720 para integrarse en el Modelo 721. Si tu empresa utiliza criptoactivos como reserva de valor o método de pago internacional, asegúrate de clasificarlos correctamente para evitar errores en el volcado de datos a la AEAT.
El plazo de presentación para el ejercicio 2025 finaliza el 31 de marzo de 2026. Mi recomendación como experto es no esperar a la última semana. Las entidades bancarias extranjeras a veces demoran la entrega de los certificados de saldos medios, y sin ese dato exacto, la declaración es vulnerable a errores.
| Activo | Criterio de Valoración | ¿Cuánto declarar? | |||
| Cuentas Bancarias | Saldo a 31/12 o saldo medio Q4 | > 50.000 € total bloque | |||
| Acciones/Valores | Valor de mercado a 31/12 | > 50.000 € total bloque | |||
| Inmuebles | Valor de adquisición o catastral | > 50.000 € total bloque |
| Activo | Criterio de Valoración | ¿Cuánto declarar? |
| Cuentas Bancarias | Saldo a 31/12 o saldo medio Q4 | > 50.000 € total bloque |
| Acciones/Valores | Valor de mercado a 31/12 | > 50.000 € total bloque |
| Inmuebles | Valor de adquisición o catastral | > 50.000 € total bloque |
Para asegurar una transición tranquila al cierre del trimestre, revisa los siguientes puntos:
El Modelo 720 es una herramienta de transparencia. Para un CFO o un empresario, la clave no es evitar la declaración, sino gestionarla con precisión técnica para que el perfil de riesgo ante la Agencia Tributaria se mantenga en niveles óptimos.