Gestión de empresas

Hasta hace unos años, los autónomos no tenían derecho a paro como los trabajadores asalariados. Sin embargo, desde la aprobación de la Ley 32/2010 de protección por cese de actividad, esto ha cambiado.
Hoy, cualquier autónomo que tiene derecho a paro y cumpla los requisitos puede acceder a una prestación económica mensual gestionada por el SEPE o por las mutuas colaboradoras.
Antes de hablar del paro, es importante entender los pasos iniciales del trabajo por cuenta propia. Si estás pensando en emprender, aquí te explicamos cuánto cuesta darse de alta como autónomo en España y qué bonificaciones puedes aprovechar este año.
En este artículo te explico cuándo un autónomo puede cobrar el paro, cuánto se cobra, durante cuánto tiempo y cómo solicitarlo paso a paso, con información actualizada a 2025 y fuentes oficiales.
Sí, un autónomo tiene derecho a paro, pero esta prestación se llama “cese de actividad”.
Se trata de una ayuda económica temporal para quienes dejan de trabajar por causas justificadas, como pérdidas económicas o fuerza mayor.
Para acceder a este paro, es imprescindible haber cotizado por esta contingencia y cumplir ciertos requisitos establecidos por el SEPE.
Sí, si eres autónomo, tienes derecho a paro siempre que cumplas con los requisitos anteriores.
Esta prestación se gestiona a través de las mutuas colaboradoras o directamente con el SEPE, y su objetivo es protegerte cuando tu negocio deja de ser viable.
El SEPE y la Seguridad Social exigen una serie de condiciones para poder acceder a esta prestación.

El importe del paro de un autónomo se calcula igual que el de un asalariado: Se cobra el 70 % de la base reguladora, es decir, la media de las bases de cotización de los últimos 12 meses.
| Situación Familiar | Cuantía mínima | Cuantía máxima | |||
| Sin hijos | 560€ | 1.125 € | |||
| Con un hijo | 750 € | 1.225 € | |||
| Con dos o más hijos | 825 € | 1.400 € | 
| Situación Familiar | Cuantía mínima | Cuantía máxima | 
| Sin hijos | 560€ | 1.125 € | 
| Con un hijo | 750 € | 1.225 € | 
| Con dos o más hijos | 825 € | 1.400 € | 
La duración depende de los meses cotizados por cese de actividad durante los últimos 48 meses.
| Meses cotizados | Meses de prestación | ||
| 12–17 | 4 meses | ||
| 18-23 | 6 meses | ||
| 24-29 | 8 meses | ||
| 30-35 | 10 meses | ||
| 36-42 | 12 meses | ||
| 43-47 | 16 meses | ||
| 48 o más | 24 meses | 
| Meses cotizados | Meses de prestación | 
| 12–17 | 4 meses | 
| 18-23 | 6 meses | 
| 24-29 | 8 meses | 
| 30-35 | 10 meses | 
| 36-42 | 12 meses | 
| 43-47 | 16 meses | 
| 48 o más | 24 meses | 
El paro se solicita ante tu mutua colaboradora o directamente ante el SEPE, dentro de los 15 días hábiles siguientes al cese de actividad.
Generalmente no es posible cobrar el paro y ser autónomo al mismo tiempo, ya que la prestación se concede por el cese total de actividad.
Sin embargo, el SEPE permite excepciones:

En 2025, los autónomos sí tienen derecho a paro, siempre que hayan cotizado por cese de actividad y cumplan con los requisitos legales.
Esta ayuda puede suponer entre 560 € y 1.400 € mensuales durante un máximo de dos años, dependiendo de tu cotización y situación familiar.
Si estás pensando en cesar tu actividad, infórmate bien antes de hacerlo: una gestión adecuada puede marcar la diferencia entre perder o mantener tu derecho a prestación
Si estás pensando en reorganizar tus finanzas como profesional independiente, puedes consultar las mejores cuentas para autónomos para elegir una que se adapte a tus ingresos y necesidades diarias.