Estrategia y gestión de empresas

Si tienes un negocio familiar o colaboras habitualmente con un familiar autónomo, es muy probable que hayas oído hablar del autónomo colaborador. Esta figura legal, regulada por la Seguridad Social y la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, permite que los familiares directos del trabajador autónomo se incorporen al negocio de forma formal, con cobertura social y obligaciones específicas.
El autónomo colaborador está pensado principalmente para pequeños negocios familiares en los que cónyuges, hijos o padres trabajan de forma continuada en la actividad del autónomo titular. Sin embargo, para acceder a esta condición, es necesario cumplir ciertos requisitos legales y administrativos ante la Seguridad Social y Hacienda, así como conocer las ventajas, bonificaciones y responsabilidades que conlleva.

El autónomo colaborador familiar permite formalizar el trabajo habitual de un familiar en la empresa, con derechos de cotización, cobertura de la Seguridad Social y bonificaciones específicas. Sin embargo, esta figura tiene requisitos muy concretos, no da derecho a todas las ayudas y presenta particularidades en su cotización frente a otros tipos de autónomos.
En este artículo te explicamos con detalle qué es un autónomo colaborador, qué requisitos se exigen, cómo cotiza, qué obligaciones fiscales tiene y cómo darse de alta correctamente en España.
La figura del autónomo colaborador, definida como un familiar colaborador del titular de la explotación, se establece como una opción viable y beneficiosa para aquellos autónomos titulares que buscan incorporar a un miembro de la familia en su negocio. Este modelo permite que el autónomo colaborador, que es un familiar directo del titular, como un hijo o cónyuge, se integre formalmente en la actividad económica, contribuyendo así al desarrollo de la empresa familiar.
Si estás valorando esta opción, también te conviene conocer cuánto cuesta darse de alta como autónomo, ya que el colaborador deberá cumplir con los mismos requisitos y obligaciones en materia de cotización y Seguridad Social.
Para acogerse a esta figura, deben cumplirse las siguientes condiciones establecidas por la Seguridad Social:
El proceso de alta del autónomo colaborador es sencillo, pero requiere cumplir los pasos correctamente ante la Seguridad Social.
Otros documentos que pueden pedir
Dependiendo de la administración o de si tramitas en oficina o por vía telemática, te pueden solicitar:

| Concepto | Importe (aproximado) | ||
| Base mínima de cotización | 1.000 € | ||
| Tipo aplicable | 31,4 % | ||
| Cuota mensual estimada | 314 € |
| Concepto | Importe (aproximado) |
| Base mínima de cotización | 1.000 € |
| Tipo aplicable | 31,4 % |
| Cuota mensual estimada | 314 € |
En 2025, la cuota mínima del autónomo colaborador (misma que la del autónomo societario) es de unos 314 € al mes, calculada sobre una base mínima de 1.000 € y un tipo del 31,4 %. Con la bonificación del 50 % para nuevos colaboradores, la cuota se queda aproximadamente en 157 € al mes durante los primeros 18 meses.
La ley actual contempla una bonificación específica para las nuevas altas de autónomos colaboradores (familiares del titular que se incorporan al negocio y no hayan estado de alta en autónomos en los 5 años anteriores). Esta ayuda se aplica sobre la cuota por contingencias comunes calculada sobre la base mínima y está pensada para facilitar la integración del familiar en el negocio desde el punto de vista económico.
En concreto, la bonificación autónomo colaborador se estructura así:
Es decir, el autónomo colaborador disfruta de 24 meses de bonificación progresiva, lo que aligera de forma notable el coste de Seguridad Social durante la fase inicial de la colaboración en el negocio familiar.
Es fundamental que tanto el autónomo titular como el colaborador conozcan bien sus obligaciones formales y fiscales: alta correcta en RETA, conservación de la documentación de alta, cumplimiento de los plazos de pago de cuotas y declaración de los gastos deducibles vinculados a la actividad. Una buena planificación fiscal ayuda a optimizar el coste real de tener un autónomo colaborador en la empresa y a evitar problemas futuros con la Administración.

El autónomo colaborador debe:
Disfruta, en general, de las mismas coberturas que el autónomo titular (asistencia sanitaria, jubilación, incapacidad temporal, maternidad/paternidad, etc.), según las coberturas que tenga contratadas.
El autónomo colaborador familiar no tiene que presentar modelos fiscales (036, 037, 130 o 303), ya que no se considera que realice una actividad económica propia.
Los modelos 036/037 sí se usan para las altas/bajas censales, pero no como obligación periódica del colaborador.
Ventajas del autónomo colaborador
Inconvenientes o riesgos
Gestionar correctamente los cobros y pagos es clave para cualquier autónomo, especialmente si formas parte de un negocio familiar. Contar con una cuenta adaptada a tus necesidades puede facilitar la gestión de tus ingresos, cotizaciones y gastos del día a día. En este sentido, puedes consultar las mejores cuentas para autónomos, donde analizamos qué entidades ofrecen mejores condiciones, menos comisiones y herramientas pensadas para quienes trabajan por cuenta propia.
Darse de alta como autónomo colaborador supone varias ventajas. Entre ellas, distintos rangos de bonificaciones adicionales variables según la antigüedad tras el alta. Todo autónomo tiene derecho a las siguientes bonificaciones siempre y cuando no hayan estado dados de alta como autónomos en los cinco años inmediatamente anteriores:
Otra ventaja importante es que el autónomo colaborador no figura como obligado tributario por la actividad ante Hacienda (no presenta IVA ni pagos fraccionados de IRPF de la actividad), ya que su retribución se considera rendimiento del trabajo. Es el autónomo titular quien declara los ingresos del negocio y puede computar el coste del colaborador como gasto deducible, lo que ayuda a optimizar la factura fiscal del negocio familiar.